Panamá $3800
Fundación de Interés Privado en Panamá con una cuenta bancaria a partir de 3800 USD
Una Fundación es una entidad legal autopropulsada: tiene gerentes, pero no propietarios. Por lo tanto, una Fundación es un medio de dar personalidad jurídica independiente a ciertos activos definidos (a diferencia de una empresa, que da personalidad jurídica a un grupo de personas).
Es administrada por un Consejo de Miembros, nombrados por el Fundador original. Su objeto debe ser lograr ciertos propósitos específicos, por ejemplo, administrar el patrimonio de ciertos beneficiarios nombrados. Normalmente, una Fundación no debe realizar transacciones comerciales (no debe emitir facturas). Es ideal para mantener activos a largo plazo, como bienes inmuebles o acciones en otras empresas, tanto empresas privadas cerradas como empresas que cotizan en bolsa. Puede mantener cuentas bancarias y de corretaje y todo tipo de activos a su propio nombre.
Las Fundaciones de Interés Privado en Panamá están formadas bajo la ley de Fundaciones de Panamá, bajo el número 25 del 12 de junio de 1995. Pueden ser creadas por una o más personas o entidades legales, que se llaman el Fundador, y que deben donar por lo menos USD 10,000 o el equivalente en otros activos a la Fundación como su patrimonio original.
La Fundación de Panamá se basa en la Fundación de Liechtenstein, teniendo las mismas ventajas pero a un costo menor.
Ventajas de la Fundación de Interés Privado en Panamá
•Panamá no tiene controles de cambio, ya que la moneda en circulación localmente es el dólar estadounidense. Dada la ubicación estratégica del país con respecto al transporte y el comercio, los bancos panameños generalmente aceptan transferencias electrónicas en cualquier moneda, aunque no es posible tener cuentas en todas las monedas. Las principales monedas son generalmente aceptadas en los bancos panameños.
•Cualquier persona (natural o jurídica, menor o mayor de edad) puede ser beneficiario de la Fundación. Es posible establecer una corporación o entidad legal como beneficiaria de la Fundación, o un grupo de personas, en caso de que la Fundación sea utilizada para la administración de un Plan de Pensiones u otro tipo de Beneficios para Empleados.
•Se puede establecer una Fundación como entidad jurídica perpetua. Se pueden designar beneficiarios que aún no han nacido. A diferencia de un fideicomiso de derecho anglosajón, no es necesario establecer un límite de tiempo o un acontecimiento que ponga fin a la existencia de la Fundación.
•Cualquier donación que se haga a la Fundación no es gravable en Panamá, ni tampoco los beneficios que la Fundación otorgue a un beneficiario. Sin embargo, si el beneficiario se encuentra en Panamá y se considera que está "trabajando" para la Fundación y ganando un salario u otro ingreso mensual regular, este ingreso estará sujeto a los impuestos sobre la renta panameños habituales.
•Las Fundaciones se registran en el Registro Público como entidades legales.
•Toda la información contenida en el Acta Fundacional, que se presenta al Registro Público (así como cualquier enmienda a la misma) está disponible al público.
•Es necesario registrar la Fundación con el Departamento de Impuestos en Panamá después de su incorporación, para asegurar que en los años siguientes las Tasas de Renovación Anual (Tasa Única) sean aplicadas correctamente a la Fundación, para que se mantenga en buen estado.
•No es necesario viajar a Panamá para establecer una Fundación de Interés Privado.
El nombre debe incluir la palabra "Foundation" o "Fundación". Puede estar en cualquier idioma, pero debe estar en el alfabeto latino.
Una Fundación debe tener un capital mínimo autorizado de $10,000.00. No es necesario establecer un capital autorizado de acuerdo con los activos que luego se donan a la Fundación, por lo que la mayoría de las Fundaciones se quedan con el capital autorizado original de $10,000.00. Es necesario capitalizar la Fundación con el mínimo de $10,000.00, pero la ley no establece un límite de tiempo para la rapidez con que esta capitalización debe ser completada. La ley no establece ningún "máximo" para el capital autorizado. Los honorarios de incorporación se establecen de acuerdo con el monto del capital autorizado.
Paquete exclusivo con descuento:
•Una Fundación de Interés Privado Panameña totalmente registrada con un capital autorizado de USD 10,000 y tres Consejeros de Fundación nominales
•Cuenta bancaria
Total: 4700USD 3800USD
Recibirá los siguientes documentos:
•Estatutos notariales (artículos) en español.
•Inscripción en el registro público, con registro certificado por sellos.
•Impuesto de registro (tasa única).
•Nombramiento del Protector y Reglamento Interno Normalizado.
•Traducción certificada al inglés.
•Análogo de Certificado de Vigencia del Registro.
Después de que el registro se complete, se contactarán a varios bancos para obtener la pre-aprobación. La elección del banco depende de las necesidades de su futura Fundación, por lo que obtendremos una consulta profesional de un especialista bancario de nuestra empresa para elegir la opción más adecuada.
Nota:
La decisión final depende del banco.
Los documentos necesarios para registrar una fundación:
•Prueba de identificación (pasaporte internacional) - copia certificada
•Prueba de dirección residencial (UB no mayor de 3 meses) - copia certificada
•Carta de referencia bancaria / estado de cuenta bancario
•Referencia profesional
•CV
•Formulario KYC1 completado y firmado y formulario de pedido (los borradores se proporcionarán a su debido tiempo).
Nota:
•Los documentos deben ser traducidos al inglés.
•Los documentos deben ser proporcionados escaneados en buena calidad para su revisión.
•En caso de que alguno de los documentos mencionados no pueda ser proporcionado, estamos siempre abiertos a documentos alternativos.
Una fundación tarda aproximadamente 7 días en establecerse en el Registro Público. Sin embargo, dado que la fundación es un vehículo de planificación de patrimonio y protección de activos, la redacción de los Estatutos de la Fundación (Reglamento) y el Documento Privado (Carta de Deseos), puede tomar más tiempo.
Descargo de responsabilidad: La información contenida en este artículo es para propósitos informativos únicamente y no constituye una recomendación o asesoría financiera. Invertir en productos financieros o cripto divisas tiene sus riesgos, y el lector debe estar al tanto de los riesgos potenciales que dichas inversiones representan. El contenido en este sitio web no pretende ofrecer ventas o compras de productos o servicios financieros. La información aquí proveída no tiene en cuenta sus objetivos de inversión específicos, su situación financiera o sus necesidades y usted no debe tomar la información aquí presentada como sustituto de asesoría financiera profesional. El lector debe buscar asesoría profesional independientemente a través de un asesor financiero u otros profesionales antes de tomar decisiones con respecto a sus inversiones. Tenga en cuenta que el estatus legal de las cripto divisas y otros productos financieros puede variar en diferentes jurisdicciones y puede estar sujeto a las regulaciones correspondientes. Es responsabilidad del lector asegurarse de cumplir con las leyes y regulaciones que se aplican en su jurisdicción en lo que respecta a la venta y la promoción de productos y servicios financieros.
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